El grupo de concejales de Unión Pro da a conocer un proyecto en relación a los niños de nuestra ciudad y la potencial posibilidad de que estos cuenten con un boleto gratuito.
La idea es conocida dado que este sector ya la había presentado anteriormente, pero, regresan con el asunto en búsqueda de su aprobación.
El proyecto:
BOLETO ESCOLAR GRATUITO
VISTO: La puesta en vigencia en el actual presupuesto municipal del boleto escolar gratuito para alumnos de zonas rurales y la falta de aplicación para el resto del alumnado.
CONSIDERANDO:
La gratuidad del transporte escolar como una contribución al cumplimiento del derecho de acceso a la educación, establecido por ley nacional 23673/89.
Que el transporte hacia la escuela resulta un tema crucial no sólo en lo económico, sino una manera de hacerlo de modo más seguro que los diversos transportes individuales
Que el Fondo Solidario Provincial (Fondo sojero) es suficiente para hacer frente a este esencial gasto.
Se promueve el siguiente Proyecto de Ordenanza
Art. 1º) Créase en el Partido de Mercedes, el acceso gratuito en Transporte Público de Pasajeros de micros y ómnibus de recorrido urbano, a todos los alumnos de los niveles pre primarios, primarios y secundarios asistentes a toda institución educativa que expida certificados oficiales de educación.
Art.2º) El acceso al transporte escolar gratuito, se realizará a partir de la presentación de una CREDENCIAL ESTUDIANTIL, expedida por la autoridad municipal.
Art.3º) Para la obtención de la Credencial Estudiantil será necesario la presentación ante la Dirección de Tránsito Municipal por parte de los interesados de sus datos personales, mas la certificación de alumno regular expedido por la institución educativa. Dicha presentación podrá hacerse vía correo electrónico.
Art. 4º) El diseño de la Credencial Estudiantil así como su costo estará a cargo de la Autoridad Municipal.
Art. 5º) El periodo de vigencia de cada Credencial Estudiantil será desde el 1º de Febrero hasta el 20 de Diciembre de cada año y de lunes a viernes de cada semana.
Art. 6º) La expedición de la Credencial Estudiantil comenzará en la segunda semana de Febrero de cada año
Art. 7º) Las empresas de transporte de pasajeros emitirán hacia la Autoridad Municipal el volumen mensual de estudiantes que viajen de acuerdo a la Credencial Estudiant
Art. 8º) Los gastos que insuma la vigencia de la presente ordenanza se imputarán a la cuenta presupuestaria 1750163 Fondo Solidario Provincial (Fondo Sojero).
Art. 9º) Regístrese. Publíquese. Dése al Digesto General. Cumplido, Archívese
MARIA R MURACA CARLOS E. ARISTI JUANC. BENITEZ