La Municipalidad deberá indemnizar a una vecina que sufrió un accidente en una vereda

El accidente ocurrió en el 2003. En primera instancia la justicia rechazó la demanda presentada contra el municipio por la víctima y sus familiares pero la Cámara de Apelaciones revocó dicho fallo dando la razón a los demandantes. Ahora la Suprema Corte de la Provincia confirmó lo resuelto en segunda instancia.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires finalmente se expidió acerca de una demanda efectuada por una vecina de nuestra ciudad que sufriera un accidente al circular por una vereda que presentaba anomalías en su estado confirmando la legitimidad de la presentación efectuada dando la razón al demandante obligando a la Municipalidad de Mercedes a pagar una suma estimada en los cuarenta mil pesos aunque se conocerá con precisión cuando al suprema Corte haga llegar la correspondiente liquidación oficial

La demanda presentada en el año 2003 cuando ocurrió el incidente fue rechazada en primera instancia por el Juzgado interviniente, medida que fue elevada por la demandante y su familia a la Cámara de Apelaciones cuyos integrantes modificaron si fallo de rechazo dando la razón a quienes solicitaban de parte del Municipio una indemnización por el daño producido siendo entonces la comuna quién apeló al decisión de la Cámara ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que luego de un prologado tiempo con el expediente en su poder resolvió en los últimos días confirmar el fallo en segunda instancia por lo cual el Municipio deberá hacer frente al resarcimiento económico solicitado.

La información fue confirmada en primer término por fuentes oficiales del municipio quienes sintéticamente explicaron que si bien la vereda en una vivienda puede ser considerada como propiedad del vecino frentista, un Decreto que se puso en principio en vigencia en la década del 60 estableció que las mismas deben ser consideradas como espacios de uso públicos por lo cual es el Municipio quien ejerce el poder de Policía correspondiente para intimar a los propietarios de viviendas cuyas veredas no se encuentre en condiciones de ser transitadas y por lo tanto pasible de provocar algún accidente a quien circule por las mismas siendo responsable en caso de no haber cumplido con dicho recaudo de las consecuencias que podría acarrear un accidente en las mismas.

El abogado patrocinante de la parte demandante, Dr. Juan Pablo Portesi sostuvo “el caso fue Leguizamón C/Municipalidad de Mercedes y otros, y ocurrió con una mujer de 72 años quien caminando por la calle 18 por una vereda que estaba en muy mal estado, incluso levantada por las raíces de los árboles que al llevarse por delante un sector levantado cayo al suelo sufriendo una fractura en su hombro.

Nosotros formulamos la demanda correspondiente ante el municipio tratando de encontrar de manera amistosa una solución pero ello no fue posible así que decidió recurrir a la justicia ordinaria siendo por entonces el Dr. Etchegaray a argo del Juzgado 10 quien en primera instancia rechazó la demanda presentada pero luego al ser apelada en Cámara, sus integrantes modificaron dicho fallo y le dieron la razón a la familia Leguizamón y en esa oportunidad fue el municipio quien remitió las actuaciones a la Suprema Corte para que sea la misma la que defina la situación y en los últimos días la corte hizo lugar a lo resuelto por la Cámara y también a la aplicación de intereses bajo el régimen de la denominada Tasa Pasiva por lo cual calculamos que la Municipalidad debería pagar cuando llegue la liquidación correspondiente alrededor de Cuarenta y Cinco Mil pesos que es en definitiva un dinero que termina siendo pagado por los habitantes de toda la ciudad.

Se puede cuestionar y hasta discutir a quien le corresponde la responsabilidad en estos casos, si al vecino frentista o al municipio porque las veredas son consideradas lugares públicos, bien podría caber en ambos la responsabilidad pero es deber del municipio controlar el estado de las veredas y hacer las intimaciones necesarias a los propietarios para que las reparen y en un momento dado hasta se obligaba al municipio si el vecino no hacia caso de las intimaciones a realizar la obra y luego por la vía correspondiente cobrar el trabajo y los materiales a dicho vecino.

En definitiva las veredas son de todos, por lo tanto de la municipalidad pero existe una responsabilidad de parte del frentista, un obligación de mantenerla en buen estado entonces la responsabilidad es compartida.

En concreto y para que esto quede en claro, por no haber sido más cuidadosa la tarea del municipio esto le costará a la ciudad de Mercedes el importe que ya mencioné”.

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