Sentencia del juez contencioso Luis Laserna da 360 días para cesar toda actividad y remediar el predio, con plazos intermedios e instancias de trabajo a cumplir. Se exigen “el saneamiento y la erradicación del basural”.
Un fallo contundente de la Justicia pone plazo al Municipio de Mercedes para que erradique y desactive el basural de La Florida, en causa impulsada por vecinos. La sentencia del juez Laserna se conoció el miércoles. Se trata de una situación que estaba marcada por ordenanza pero esta (la 6202/06, que regía el tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos y la erradicación del polémico basural) nunca se cumplió, e incluso se había planteado su derogación por una nueva norma a fines de 2012.
“La comuna deberá llevar a cabo el saneamiento y la erradicación del basural ubicado en 29 y ruta 41 en un plazo de 360 días”, reza el escrito judicial, lo que implica que deben dejar de operar en el lugar donde está enterrada casi toda la basura que se genera en la ciudad de los últimos tiempos. Esta sentencia se conoce en momentos en que se discute la implementación de un convenio con el CEAMSE para trasladar residuos fuera de la ciudad y cuando aún no hay a ciencia cierta un predio al que utilizar para el enterramiento de residuos.
Lo cierto es que el municipio recibe un revés judicial importante en una causa que se había prolongado mucho en el tiempo, iniciada por los vecinos de la zona de La Florida, que reclamaban su derecho a vivir en un ambiente sano.
En el fallo se puede leer además que “en 90 días deberá alcanzar el procesamiento del 100 por ciento de los residuos que ingresen al predio mediante la técnica de encapsulamiento del rechazo. Finalizado el plazo, es decir a partir del día 90, se ordena la prohibición total y absoluta de arrojar basura a cielo abierto, quedando la comuna autorizada durante los 90 días subsiguientes a disponer las cápsulas en el mismo predio”.
Pero luego, y aquí viene lo terminante de la sentencia que se conoció, “cumplidos aquellos plazos, es decir a los 180 días de la presente, se ordena la prohibición absoluta y total de la disposición final de los residuos en todas las formas, lo que incluye el enterramiento de las cápsulas en el predio”.
Además se indica que cumplida esta primera etapa, el indicado plazo de 180 días, “la comuna deberá cumplimentar en el término de 180 días subsiguientes con el saneamiento de los residuos que a esa fecha se encuentren dispuestos a cielo abierto, y gestionar el cierre definitivo y la posterior clausura del basural”
Finalmente, deberán presentarse informes periódicos cada treinta días detallando lo llevado a cabo a fin de cumplimentar con lo ordenado. Todo esto se indica en una extensa sentencia que tiene unas 34 fojas.
Firma la sentencia el juez Luis Laserna, del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Mercedes, en el marco del expediente 13.425, caratulado “Aros Peralta y otros contra la Municipalidad de Mercedes sobre pretensión restablecimiento o reconocimiento de derechos” (a vivir en un ambiente sano).
La sentencia, firmada este 21 de abril de 2014, se funda en el reconocimiento judicial en el basural que realizó el mismo juzgado, con expertos en el tema y por el no cumplimiento de toda la normativa atinente a los estándares ambientales del tratamiento de basura y las leyes referidas al medio ambiente.
Consultado Luis Aros Peralta, uno de los vecinos demandantes, indicó: “Todo lo incita (al municipio) a cumplir con la legislación vigente en el ámbito municipal, provincial y nacional. Estamos analizando la sentencia, que en principio es favorable, y veremos la forma en que esto se va a implementar”. Por último, el vecino, emocionado y aún expectante por la continuidad del reclamo que encaró hace años, remarcó sobre el fallo que “seguramente el municipio lo va a apelar en instancia superior”.
Aunque más allá de todo no deja de ser una situación paradigmática en la que la Justicia reconoce a los vecinos en el ámbito de Mercedes el derecho, consagrado en la Constitución Nacional, a gozar de un ambiente sano.