Por Mic Mercedes – Siguiendo con las recorridas que realiza el Movimiento Independiente Comunal, es que se llegaron hasta las instalaciones del Colegio Santa María en hora pico y decidieron la pronta realización de un expediente solicitando la construcción de un lomo de burro y la presencia de agentes de tránsito en las horas donde los alumnos ingresan y egresan del establecimiento.
Expediente 373.14
VISTO: El peligro que puede ocasionar la velocidad del tránsito vehicular por la Avenida 40, sobre ambas manos, para los estudiantes que ingresan y egresan del Colegio Santa María.
CONSIDERANDO: – Que algunos estudiantes deben atravesar la Avenida 40, ambas manos, en el horario de ingreso y egreso al establecimiento educativo, en los turnos mañana y tarde. – Que la velocidad máxima es de 60 Km/hora. – Que el riesgo de accidentes de tránsito aumenta. – Que se pueden prevenir lesiones y en algunas ocasiones salvar vidas. – Que uno de los criterios para colocar reductores de velocidad es la presencia de establecimientos educativos, según lo conversado en la Comisión de Seguridad y Tránsito del HCD, son el Secretario de Control Urbano.
Ante lo expuesto el Bloque MIC promueve el siguiente Proyecto de:
ORDENANZA: Art. 1°. Constrúyase un reductor de velocidad sobre la Avenida 40 (sentido de circulación oeste – este), a 30 metros, aproximadamente, de la intersección con calle 3, al oeste de la misma, según plano adjunto.
Art. 2°. Constrúyase un reductor de velocidad sobre la Avenida 40 (sentido de circulación este – oeste), a 30 metros, aproximadamente, de la intersección con calle 3, al este de la misma, según plano adjunto.
Art. 3°. El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Control Urbano determinará el tipo de reductor de velocidad a construir.
Art. 4°. Señálece en forma horizontal y vertical la presencia de los reductores de velocidad en ambas manos de circulación.
Art. 5°. Señálece en forma vertical “Despacio Escuela” en ambas manos de circulación.
Art. 6°. Los gastos que demande la presente se imputarán a la partida que el DE estime corresponder.
Art. 7°. Comuníquese, regístrese, dése el Digesto General, cumplido archívese.
Concejales: JUAN CARLOS BADANO y JOSÉ MARÍA CESTARI.