El concejal del MIC, Juan Carlos Badano, visitó varios lugares en los que se genera conflicto en el tránsito vial y dijo “Como este gobierno municipal no tiene un plan integral para el tránsito vial y los vecinos nos solicitan obras para mejorarlo presentamos desde el MIC dos Proyectos de Ordenanza:
1) Colocación de semáforos en la intersección de Avenida 29 y calle 50.
2) Construcción de reductores de velocidad en calle 15, a 30 metros antes de su intersección con calle 52, en ambos sentidos de circulación.
Los proyectos de ordenanza del MIC son los siguientes:
Calle 50
Visto
La visita realizada a la intersección de las calles 50 Y la Avenida 29, se observó la problemática del tránsito vehicular.
Considerando.
Que en la intersección de ambas arterias de tránsito vehicular se genera un flujo importante.
Que la probabilidad de accidentes de tránsito aumenta.
Que los vecinos del lugar en cuestión padecen a diario la problemática del tránsito vehicular.
Que el tránsito de personas en camionetas, automóviles, motos, bicicletas, etc. genera un flujo muy importante.
Ante lo expuesto el Bloque MIC Mercedes promueve el presente proyecto de:
ORDENANZA
Art. 1°. Declárese de Utilidad Pública, la colocación de 1 (un) semáforo sobre calle 50 y 2 (dos) semáforos con giro en Avenida 29.
Art. 2°. Autorizase al Departamento Ejecutivo a la colocación de los 3 (tres) semáforos descriptos en el artículo anterior.
Art. 3°. Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, cumplido achívase.
Sobre calle 15
VISTO
El peligro que puede ocasionar la velocidad del tránsito vehicular por la calle 15, sobre ambas manos, en su intersección con la calle 52.
CONSIDERANDO
Que la velocidad máxima es de 40 Km/hora.
Que el riesgo de accidentes de tránsito aumenta.
Que se pueden prevenir lesiones y en algunas ocasiones salvar vidas.
Ante lo expuesto el Bloque MIC promueve el siguiente Proyecto de:
ORDENANZA
Art. 1°. Constrúyase un reductor de velocidad sobre la calle 15 (sentido de circulación sur – norte), a 30 metros, aproximadamente, antes de llegar a la intersección con calle 52.
Art. 2°. Constrúyase un reductor de velocidad sobre la calle 15 (sentido de circulación norte – sur), a 30 metros, aproximadamente, antes de llegar a la intersección con calle 52.
Art. 3°. El Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Control Urbano determinará el tipo de reductor de velocidad a construir.
Art. 4°. Señálece en forma horizontal y vertical la presencia de los reductores de velocidad en ambas manos de circulación.
Art. 5°. Los gastos que demande la presente se imputarán a la partida que el DE estime corresponder.
Art. 7°. Comuníquese, regístrese, dése el Digesto General, cumplido archívese.
JUAN CARLOS BADANO JOSÉ MARÍA CESTARI