Abogados pide el restablecimiento de la actividad judicial

 

04 Colegio de AbogadosAnte el recrudecimiento del conflicto que imposibilita el funcionamiento del Poder Judicial, el Colegio de Abogados de la provincia de Buenos Aires  «insiste enérgicamente» en que debe separarse este estado perjudicial y frustrante, y por ello «reclama» a las autoridades de los tres poderes – cada uno en la esfera de competencia – el restablecimiento de la plena actividad judicial.

«En este estado, los más de 16 millones de habitantes de la provincia no tiene acceso a la justicia, y 60 mil abogados bonaerenses se ven impedidos de trabajar», destacan desde el Colegio de Abogados del Departamento Judicial Mercedes y explican «ni los órganos de la colegiación ni los abogados de la matrícula son los responsables del atraso en los juicios o en cualquier otra gestión que se realice ante el Poder Judicial».

«Por el contrario son esos órganos de la colegiación y los propios abogados en ejercicio activo de la profesión los que están tratando por todos los medios de disminuir en cuanto esté a su alcance las gravosas consecuencias que el paro está acarreando a los justiciables y a los profesionales, actuando así en defensa de la correcta administración de justicia», agregan.

Y con el fin de garantizar la defensa del justiciable, del matriculado de ejercicio activo, de la tutela judicial continua y efectiva, y del acceso irrestricto a la justicia (art. 15 Constitución de la Provincia de Buenos Aires), el Consejo Directivo del Colegio ha tomado las siguientes acciones y medidas:

  • Recorridas permanentes por los órganos judiciales ante denuncias de los matriculados por falta de atención, a fin de encontrar solución consensuada a la problemática.
  • Implementación de un PROTOCOLO (que luego ha hecho suyo el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires) donde se DEMANDA:
    • Que se garantice el libre acceso a los edificios de tribunales, tanto para los justiciables como para todos los profesionales que llevan adelante el libre ejercicio de su profesión.
    • Que las mesas de entradas permanezcan abiertas durante toda la jornada judicial
    • Que en el caso que los empleados no presten funciones, los funcionarios y el propio titula del Juzgador, estén a disposición de los letrados para su atención en mesa de entradas. Asimismo que en caso de que un profesional no reciba la atención aludida, pueda solicitar se le comunique con el Secretario del Juzgado, o, en su caso, con el titular de la dependencia.
    • Que se reciban todos los escritos que se presenten (con y sin habilitación), como así también cédulas, mandamientos y oficios a control.
    • Audiencias: que las mismas sean tomadas por los propios funcionarios.
    • Que en caso de que comiencen a suspenderse los términos, los giros que se encuentren pendientes de expedición por “no estar consentidos”, puedan ser entregados con el consentimiento de todos los litigantes.

Y para el caso que alguna de las demandas no se cumpla se seguirá el siguiente PROTOCOLO:

1°) Constatación del incumplimiento por medios fehacientes e inmediata comunicación al Colproba.

2°) En caso de persistir la situación de incumplimiento a las 48 horas de su constatación, denuncia ante la Cámara de Apelación Departamental que ejerza la Superintendencia y comunicación a la Subsecretaría de Control de Gestión de la S.C.B.A.
3°) En caso de persistir la situación de incumplimiento a las 96 horas, promoción de la acción de amparo en términos similares a la que diera origen a la Resolución 415/12 de la S.C.B.A. y evaluación de la promoción de denuncia penal en función de los hechos constatados.

En consecución con dicho PROTOCOLO levantamiento de Actas Notariales a los efectos de constatar el grado de prestación del servicio de administración de justicia, con miras a las denuncias pertinentes y/o eventual promoción de amparo.

Solicitud a la Caja de Previsión Social para Abogados de una línea especial de créditos a tasa subsidiada, que ayude a paliar la reducción de ingresos provocada por los paros.

Implementación en la Sede Central del Colegio de una Mesa Receptora que ofrecerá al matriculado el servicio de recepción de escritos judiciales (sin vencimiento), a fin que los mismos sean entregados por personal o autoridades del Colegio en los diferentes Juzgados a donde van dirigidos, con levantamiento de Acta Notarial para el caso de negativa de recepción o imposibilidad de entrega.

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