Se realiza el primer juicio por jurado en Mercedes

Este lunes 12 de diciembre se llevará a cabo en nuestra ciudad el primer juicio por jurado en el Departamento Judicial Mercedes. Se trata de un hecho de homicidio ocurrido en 2014 en el partido de Moreno, previo a la separación de esta ciudad del Departamento Judicial.

El imputado será juzgado en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4, mediante el novedoso sistema y con la intervención de la Fiscalía de Juicio a cargo de la doctora Marcela Falabella en conjunto con el fiscal Juan Ignacio Bidone y la fiscal de instrucción Gabriela Urutia.

El juicio se desarrollará en la sede judicial de calle 20 y 21 (donde otrora funcionara la CEM), donde hoy funcionan los Juzgados de Ejecución pero en el cual existe un espacio amplio para poder desarrollar este tipo de debate.

El hecho que llegará a debate, ocurrido el 31 de enero de 2014, es el homicidio de una sargento de la Policía Bonaerense, identificada como Bárbara Prieto (28) asesinada de varias cuchilladas en el pecho y luego degollada mientras iba a bordo de un colectivo de retorno a su hogar. Por el hecho está imputado un albañil de nacionalidad paraguaya llamado Aquino Olivera, quien estará representado por el doctor Agustín Muga.

Si bien se trata de un caso que tiene diversos elementos interesantes de desarrollar, por el momento se omitirán los detalles del caso –más allá de la trascendencia que tuvo el hecho en su momento – por la particularidad que tendrá el juzgamiento. Y es que los juicios por jurados convocan a personas (civiles) y se pretende que lleguen al juicio de manera objetiva.

 

¿Cómo es un juicio por jurado?

Desde que se instauró el sistema es la primera vez que se llega a esta instancia en nuestro Departamento Judicial. Otros dos casos que se preveían por diversos motivos fueron desistidos.

El Tribunal de Jurados está conformado por un juez y doce ciudadanos designados jurados.

El juez es responsable de decidir qué leyes se aplican al caso y deberá explicarles dichas leyes a los miembros del jurado. El juez entonces debe dirigir el proceso. En este caso ello recaerá sobre la jueza Miriam Rodríguez del TOC Nº 4.

La primera particularidad que tiene es que es opcional: la elección de ser juzgado por este sistema corre por cuenta del acusado y su defensa. Se puede optar por este sistema en todos los delitos que puedan ser penados con más de 15 años de prisión (con escasas excepciones). Para este caso, el pedido de pena de parte de la Fiscalía es de prisión perpetua ya que la imputación es “Homicidio calificado por ser cometido contra autoridad policial, críminis causa” y se pidió la pena máxima.

Ello lleva a otra situación compleja: al pedirse la pena de prisión perpetua el fallo del jurado deberá darse por unanimidad. Si los jurados no llegan a un acuerdo, se debatirá y se volverá a votar hasta tres veces. Si la situación no cambia, el veredicto será de no culpabilidad, salvo que se hubieran obtenido más de ocho votos afirmativos, en cuyo caso el jurado se declarará “estancado”.  Si eso sucede, el juez le preguntará al fiscal si quiere continuar con el ejercicio de la acusación. En caso negativo, el juez absolverá al acusado, salvo que el particular damnificado sostenga la acusación.

En caso afirmativo, el jurado volverá a deliberar y votar las cuestiones. Si el jurado continuase estancado, se procederá a su disolución, y se dispondrá la realización del juicio con otro jurado, según determina la normativa. Si el nuevo jurado también se declarase estancado, el veredicto será de no culpabilidad.

 

El jurado

El jurado es un ciudadano que ha sido seleccionado para formar parte de un Tribunal de

Jurados en un juicio criminal. Es una carga pública para el ciudadano cumplir con la tarea para la que fue seleccionado y sólo podrá excusarse por las causales enumeradas por la ley, pudiendo ser obligado a concurrir con el uso de la fuerza pública como así también sancionado por su incumplimiento.

Los jurados deberán presenciar absolutamente todas las jornadas del debate y la prueba que se produzca durante el mismo. Deberán decidir el efecto y valor de dicha prueba para luego aplicar la ley a los hechos que consideren probados.

Es su responsabilidad determinar si la fiscalía ha probado o no la culpabilidad del acusado por cada uno de los delitos que es acusado, contribuyendo de esa forma a la administración de justicia con el pronunciamiento del veredicto de culpabilidad o no culpabilidad. Lo que sucede con posterioridad es de exclusiva responsabilidad del juez.

Antes del juicio en sí mismo, hay un proceso de selección de los ciudadanos que ejercerán el rol de jurados. En la provincia de Buenos Aires, se elabora un pequeño padrón en base a un sorteo. Para el día del juicio son citados 48 ciudadanos (24 mujeres y 24 hombres) de entre 21 y 75 años.

En esa primera audiencia, se filtra a las personas que tengan impedimentos para ejercer de jurados. Entre otras cosas, no pueden tener vínculos con la víctima, con el imputado ni con el fiscal. No pueden ser abogados ni ejercer cargos públicos por elección popular. Tampoco pueden estar en servicio activo o retirado de las fuerzas de seguridad.

A través de preguntas que se les van realizando se va conformando la selección de 18 personas. En dicha audiencia se verificará que ninguno de los citados se encuentre alcanzado por alguna circunstancia que, según el Código Procesal Penal, le impida desempeñarse como jurado y si alguno de los ciudadanos tiene motivos para excusarse.

El Juez va a dar la palabra a cada parte  (fiscalía y defensa) para que formulen los planteos recusatorios que consideren correspondientes y el juez deberá resolverlos en el mismo acto.

Superadas estas instancias, se efectuará el sorteo, entre todos los presentes que no se excusaron ni fueron recusados. Son elegidos 12 jurados titulares y 6 suplentes. En ambos casos integrados por hombres y mujeres en partes iguales. Los suplentes deberán estar presentes en todo el desarrollo del debate. Reemplazarán al jurado titular cuando éste fuera apartado por excusación o recusación.

Durante el juicio no podrán leer los diarios ni ver televisión, deberán entregar sus celulares.

Ellos deberán valorar todas las pruebas presentadas, no podrán formular preguntas ni interactuar entre ellos hasta el momento de la deliberación.

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