Ustarroz quiere acudir a la justicia en defensa de los jubilados

Luego que la Cámara Federal de la Seguridad Social declarase inconstitucional la suba que recibió un abuelo en marzo por la modificación que impulsó el gobierno  encabezado por Mauricio Macri, el intendente municipal le pidió a letrados comunales que comiencen a trabajar en una acción que le permita recomponer los haberes a la clase pasiva local.
Como es de público conocimiento la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó que se reliquiden los haberes jubilatorios de un ex empleado de la ANSES que había impugnado el cálculo que se había hecho según la reforma previsional del gobierno de Mauricio Macri, al declarar la inconstitucionalidad de una parte de la ley. Un juez advirtió sobre la “fluctuante situación económica por la que atraviesa el país”.
El tribunal de apelaciones declaró inconstitucional el aumento de solo el 5,71% para los jubilados en marzo pasado de acuerdo a la nueva ley de movilidad y ordenó que se aplique la fórmula de movilidad anterior, que se calculó en más del 14 por ciento, porque las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.
La decisión fue adoptada por la Sala 3 de la Cámara en un caso concreto, en la causa promovida por un ex funcionario de la ANSES, “Fernández Pastor Miguel c/ ANSeS”, porque la nueva ley de movilidad, impuesta por la polémica ley 27.426 fue aprobada por el Congreso el 29 de diciembre de 2017, hizo que los jubilados recibieran en marzo el 5,71% de aumento; contra poco más del 14% que le hubiese correspondido de aplicarse la norma anterior.
Para los magistrados los jubilados debieron recibir la movilidad de la ley anterior, que es la 26.417, de julio hasta el día de la sanción de la nueva ley.
Fernández Pastor fue directivo de la ANSeS hasta 2015 pero la demanda la inició como jubilado que vio afectados sus derechos con la nueva ley.
Si bien la Cámara ratificó la constitucionalidad de la ley 27.426 de reforma previsional, declaró inconstitucional que la norma se aplique retroactivamente en cuanto establece que el cambio de fórmula es aplicable a los haberes devengados entre el 1 de julio y el 29 de diciembre del año 2017.
El fallo se da en un caso concreto de un jubilado, Miguel Fernandez Pastor que había argumentado que, con la fórmula anterior, el incremento de marzo rondaría el 14,6%, mientras que la nueva fórmula “significará un incremento de sólo el 5,7%, por lo que los beneficiarios del sistema de seguridad social perderán en marzo del presente el 8,9 %”.
El intendente Ustarroz entiende que dicho fallo debe aplicarse a todos los jubilados pero para ello debe realizarse el reclamo ante la justicia a propósito que las acciones de inconstitucionalidad “no son erga omnes, o sea para todos los ciudadanos, sino para quienes realizaron el reclamo judicial. Pero este resolución es un leading case que debe utilizar la clase pasiva para recuperar el alicaído haber jubilatorio así que buscaremos promover una acción colectiva que beneficia a los adultos mayores mercedinos”, concluyó el jefe comunal.
Fuente: UC / MM

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