A fines de diciembre pasado, desde el Ministerio Público Fiscal se pidió la elevación a juicio de la causa contra un comerciante de nuestra ciudad acusado de abusar sexualmente de una niña de 9 años de edad. Aquel pedido ha sido efectuado al Juzgado de Garantías N° 3, que desde un comienzo viene interviniendo en el caso.
Vale recordar que el sujeto se encuentra desde aproximadamente el mes de junio del pasado año bajo prisión preventiva, a causa de “peligros procesales” considerados por la justicia. Entre otros aspectos, se había negado a la realización de las pericias psiquiátrica y psicológica y también en un primer momento a la extracción de sangre para un cotejo de ADN. Tras la resolución del Juzgado de Garantías, la disposición fue posteriormente confirmada por la Sala Segunda de la Cámara Penal de Mercedes y luego también por la Sala Quinta del Tribunal de Casación Penal de la Provincia.
Prueba
Para los investigadores, desde el inicio de la causa se han podido recolectar rápidamente una serie de importantes elementos probatorios que fortalecieron la hipótesis trazada desde un comienzo. Se lograron varias declaraciones testimoniales; declaraciones en Cámara Gesell; evaluaciones psicológicas sobre la víctima; testimonios de otras víctimas; entre otros. Y en ese contexto es que se definió elevar la causa a juicio.
Pero a todo ello, hace pocos días trascendió que sumó un elemento por demás importante.
A pesar del fuerte hermetismo judicial –para preservar la identidad de la menor- trascendió que entre otros elementos probatorios, dio positivo una muestra de ADN. Se trata de un hallazgo particular, en la ropa interior de la víctima y se corresponde con la declaración dada por la niña al producirse la denuncia. Según trascendió, se trata de ADN epitelial, es decir se hallaron restos de células de piel del imputado en la prenda íntima de la menor con lo que los investigadores entenderían que es una prueba más que contundente para corroborar el contacto denunciado desde el principio.
Vale recordar que el delito que se le atribuyó es el de “Abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haberse cometido por el encargado de la guarda”. Es decir, no se trató de una violación – como dieron algunas versiones alejadas de fuentes verídicas de información – sino que este sujeto habría atentado gravemente contra la intimidad de la menor mediante el tacto.
En ese sentido, como se indicara, luego de que en primera instancia el imputado se negara a una prueba sanguínea, los resultados de la pericia fueron contundentes.
Ahora el Juzgado de Garantías deberá evaluar si todas las pruebas recopiladas en la investigación son suficientes para la elevación a juicio de la causa.
En principio, se descarta que el hecho sea juzgado en un Juicio por jurados, pues el imputado enfrenta penas de entre ocho y veinte años y por el tipo de delitos no suele ser la opción elegida por la fuerte carga social del hecho en sí.
El caso
El hecho trascendió en el mes de junio pasado, luego de que se le dictara la prisión preventiva a instancias del Juzgado de Garantías N° 3.
En su momento, se pudo conocer que, según la denuncia, realizada por los padres de la menor, habría sido víctima de abuso sexual en momentos de encontrarse en la casa del ahora detenido, padre de una compañera de colegio de la víctima.