Presos con caras ocultas: las razones para no mostrarlas

El Ministerio Público Bonaerense explicó los motivos por los cuales la Policía no puede mostrar el rostro de la persona que acaban de ser detenida.

Es frecuente que los lectores de distintos medios locales, regionales y provinciales exijan y reclamen que las imágenes que envía la policía y los investigadores judiciales de los detenidos sean a cara descubierta y con los nombres completos, apodos y hasta los domicilios para estar prevenidos o, hasta en algunos casos, llegar a la «justicia por mano propia».

Sin embargo, hay razones legales. Está claro que cuando se trata de menores la información está debidamente vedada a ser revelada. Cualquier información al respecto que pueda afectar o conducir a la identificación del menor no puede ser difundida por la prensa.

¿Pero qué pasa cuando los apresados son mayores de edad? Últimamente, y siguiendo una línea de trabajo, un protocolo, impartido por la superioridad, la Policía se encarga de ocultar el rostro del delincuente en la fotos que envía a los medios de comunicación.

Muchas veces, la Policía no está autorizada por la Justicia a dar nombres. El motivo es que la difusión de las identidades luego se viralizan por las redes sociales y la persona aprehendida tiene complicaciones en el futuro en caso de buscar trabajo.

Hace poco, el Ministerio Público explicó en un comunicado los motivos por los cuales se les tapa la cara a los detenidos: “Cuando la Policía realiza una intervención o allanamiento, los detenidos suelen ser sacados con sus rostros tapados o, en el caso de las imágenes, estos aparecen distorsionados. Algunos consideran que deberían ser expuestos al ojo público, sin embargo, esta práctica conlleva objetivos específicos”.

Y agregó: “aunque muchos ciudadanos piensan que lo anterior solo contribuye a proteger al detenido, el hecho es que también esta práctica es de suma importancia para el proceso judicial que podría enfrentar el involucrado”.

Hay dos aspectos a tomar en cuenta al cubrir el rostro del aprehendido: el principio de inocencia y una afectación en el desarrollo del caso por parte del Ministerio Público.

Recordó que “ante todo siempre rige primero el principio de inocencia. Es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla. Solamente a través de un proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona, podrá el Estado aplicarle una pena o sanción”.

La presunción de inocencia es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en tratados internacionales sobre derechos humanos como, por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o la Convención Europea de Derechos Humanos.

Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en un juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias a su defensa (artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humano). Es decir, toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, por tal motivo, se resguarda su identidad hasta que un respectivo tribunal lo considere culpable”.

Pero también hay otro aspecto que en caso de mostrarse el rostro puede hacer caer una investigación. “En muchas ocasiones es necesario que las víctimas realicen un reconocimiento del supuesto agresor, lo cual significa una importante prueba en el desarrollo del caso. Si no se tapa el rostro del detenido, el abogado defensor de esta persona puede alegar que los afectados lo reconocieron por dichas imágenes y no precisamente por haber sido quien cometió el delito, lo cual tiraría abajo todo el proceder policial.”

“En muchas ocasiones, se requiere tapar el rostro para que luego se realice un proceso de reconocimiento. Si se muestra su cara perjudica ese tipo de situaciones, porque, puede tirar abajo el reconocimiento, lo que sirve como una prueba más.

Por tales motivos aunque las personas pidan que se revelen los rostros, se lleva a cabo esta práctica, para apegarse al principio de inocencia y no afectar una posible investigación del caso”, explicó Ministerio.

Fuente: Gustavo Charino de El Civismo de Luján.

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