En el marco de la batería de medidas implementadas por el gobierno nacional para morigerar los efectos económicos del coronavirus, el Gobierno Nacional, a través del Decreto 312/2020 publicado en el Boletín Oficial, suspendió hasta el 30 de abril de este año, inclusive, la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias por cheques sin fondos.
Asimismo, se determinó la suspensión de la obligación establecida en el Artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma.
El texto del Decreto sostiene que la situación económica actual «hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos, habrá de incrementarse por efecto de esa situación y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores».
A su vez, resalta que “en tales circunstancias, la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no solo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica descripta, y el cierre de la cuenta e inhabilitación privaría a los agentes económicos afectados por estas de un elemento esencial para poder desarrollar sus actividades, perjudicando la posibilidad de realizar y recibir pagos, con el consecuente daño al conjunto de la economía».
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Reducen los encajes para bancos
A través de la Comunicación A 6943, el BCRA aplicó una nueva rebaja a la exigencia de dinero inmovilizado para los bancos que les presten a PyMEs y centros de salud, llevándola del 40% de la suma de las financiaciones acordadas en moneda local a una tasa de interés nominal anual de hasta 24%. La modificación tiene vigencia desde el 20 de marzo.
Esta medida solo se aplica para dos destinos. Uno de ellos son las micro, pequeñas o medianas empresas. Con respecto a ellas, la entidad financiera estableció que deben utilizar al menos el 50% de las financiaciones para las líneas de capital de trabajo, por ejemplo, deben emplearlas para pagar sueldos y cubrir cheques diferidos.
El otro destino contemplado son los centros de salud. Estos deben estar habilitados por el organismo competente de su jurisdicción y prestar “servicios de internación en el marco de la Emergencia Sanitaria dispuesta por el Decreto 260/2020. En este caso, se exige que el dinero “sea destinado a la compra de insumos y equipamiento médico”.
Por otra parte, el BCRA anunció que mañana se restablecen las sesiones de compensación electrónica de cheques, que habían sido suspendidas el 20 de marzo. La entidad aclaró que “los días que no hubo clearing no computarán para el vencimiento del plazo de 30 días para la presentación de los cheques”.
Fuente: CAME