A raíz de muchas versiones y contraversiones de si el lunes 30 era feriado puente o no, sobre todo para el sector privado que está exceptuado en el decreto nacional que determinar el aislamiento social preventivo obligatorio, fue necesario aclarar que el artículo 7° sólo establece como feriado el 31 de marzo, al trasladar el 2 de abril, feriado nacional en conmemoración al Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
Respecto al día 30 de marzo, en su artículo 9°, se dispone que solo se otorga asueto al personal de la Administración Pública Nacional; por lo tanto, para los trabajadores del sector privado es un día laboral, con las limitaciones impuestas por el Decreto de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y demás normativas referentes al Coronavirus COVID-19.
Este artículo dice: «A fin de permitir el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, se otorga asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 20, 25, 26, 27 y 30 de marzo de 2020, y se instruye a los distintos organismos a implementar las medidas necesarias a fin de mantener la continuidad de las actividades pertinentes mencionadas en el artículo 6º».