Vecinos del Cuartel VIII y Barrio San Jorge aclaran

A través de una comunicación enviada a los medios de comunicación de la ciudad, un grupo de vecinos de la zona del Cuartel VIII y el Barrio San Jorge, quieren hacer pública una aclaración y respuesta ante una publicación enviada por el Municipio de Mercedes.

La comunicación lleva como título: «Vecinos del Cuartel VIII y Barrio San Jorge aclaran» y expresa:

«En nuestro carácter de firmantes y nuevos adherentes a la CARTA ABIERTA de los vecinos del Cuartel VIII y barrio San Jorge respecto del acuciante e inocultable desarrollo de usurpaciones en dicha zona, es que nos permitimos efectuar algunas aclaraciones en relación al reciente comunicado oficial que nos involucra, dado a conocer por la Dirección de Prensa Municipal, a través de diferentes medios.

Queremos dejar aclarado que somos un grupo plural de vecinos autoconvocados en torno a esta problemática y que ni siquiera conocemos la filiación política de cada uno; por lo que no existe intencionalidad política de ningún tipo, mucho menos partidismo o ideología que sustente nuestro reclamo.

Se trata solo, simplemente, del clamor indignado del vecino que ve peligrar el esfuerzo de su vida, por el solo hecho de que malhechores – que han entendido que la propiedad privada no tiene valor- deciden apropiarse de lo que no les pertenece. La calificación de los vecinos como “intencionados políticos” no es nada más que una forma de desprestigiar la denuncia, atacando al mensajero y evadiendo el fondo de la cuestión, que es la presencia, judicializada o no, de personas que usurpan propiedades ajenas y cometen otros ilícitos, como “lotear” y construir al margen de las normas vigentes. Es cierto que hay en trámite una denuncia ante la fiscalía Nro. 5, donde -sobre la base de documentación totalmente fraguada y del cruce de testigos falsos- se ha tratado de instalar el hecho de una posesión pacífica que no es cierta. Es solo cuestión de tiempo y del proceso judicial obtener el reconocimiento de los derechos legítimos.

Que el árbol no nos impida ver el bosque: no es justo atacar a las víctimas de un delito. Más bien, todo lo contrario: es esperable y saludable apoyarlos cuando su reclamo es justo, como el que nos convoca.

No es buena técnica estar a la defensiva, cuando nuestro único objetivo es evitar el desbaratamiento de nuestros bienes y alertar tanto a las autoridades municipales cuanto a los conciudadanos en general acerca de las irregularidades observadas. Buscamos contención y justicia, y no generar conflictos. En una república democrática, es en los servicios de justicia y seguridad, donde los estamos buscando y donde esperamos encontrarlos.

Por lo que advertimos, se trata de una cruzada ardua, pero cuando la verdad, la razón y la defensa del interés legítimo están en juego, no hay otra opción que perseverar, incluso ante la obstinación y el desaliento»

Los firmantes de esta comunicación son: Antonena, Fernando (DNI 22.409.673); Aramburu, Martin (DNI 23.003.799); Arriola, Graciela (DNI 17.436.233); Bares, Carolina (DNI 21.463.261); Bernardez, Jose Luis (DNI 12.109.050); Bolia, Evangelina (DNI 23.418.927); Bottazzi, Guillermo (DNI 20.002.622); Caetano, Estanislao (DNI 41.666.974); Caetano, Federico (DNI 41.666.973); Cadenazzo, Mabel (DNI 14.435.648); Clavin, Hugo (DNI 8.335.388); Campora, Hector (DNI 22.624.022); Codon, Viviana (DNI 18.605.439); Doyle, Jorge (DNI 10.108.380); Cristofari, Carlos (DNI 8.303.315); Di Lorenzo, Lidia (DNI 13.799.310); Dulevich Uzal, Lia (DNI 16.548.471); Espindola, Evangelina (DNI 24.847.722); Falcon, Laura (DNI 17.767.734); Ferrero, Fabian (DNI 16.910.794); Fornoni, Maria Marta (DNI 6.202.844); Gandera, Jorge (DNI 10.267.745); Garcia, Ana María (DNI 5.286.776); Garcia, Norma (DNI 13.986.689); Gastellu, Pablo (DNI 17.466.966); Gavazzo, Gabriela (DNI 16.739.606); Gaynor, Juan Alberto (DNI 17.144.662); Gaynor, Ma. Emilia (DNI 36.050.413); Gaynor, Mateo (DNI 37.030.435); Getz, Laura (DNI 30.647.280); Gimenez, Micaela (DNI 38.302.535); Gonzalez, Armando (DNI 10.826.534); Gonzalez, Jose Luis (DNI 27.761.402); Groppo, Rodolfo (DNI 12.588.770); Guidi, Pablo (DNI 23.418.893); Hachmanian, Emmanuel (DNI 34.152.724); Heinrich, Carolina (DNI 26.271.317); Heinrich, Federico (DNI 29.655.003); Heinrich, Horacio (DNI 8.269.028); Heinrich, Tomas (DNI 26.985.277); Infanti, Hernan (DNI 24.585.417); Kosicki, Marcos (DNI 23.724.663); Landini, Juan Ignacio (DNI 32.173.411); Landini, Sergio (DNI 16.077.678); Larotoada, Ricardo (DNI 14.011.109); Lavizzari, Patricia (DNI 12.446.375); Lomban, Abel (DNI 10.209.223); Luppoli, Graciela (DNI 6.524.769); Marfia, Ricardo (DNI 12.729.194); Mazzochi, Juan (DNI 20.726.895); Mendez, Graciela (DNI 13.986.423); Monaco, Augusto (DNI 29.623.922); Nuñez, Romina (DNI 39.113.613); Oberti, Hugo (DNI 12.295.420); Olguin, Javier (DNI 14.343.598); Piriz, Maria Del Pilar (DNI 37.636.035); Piriz, Constanza (DNI 38.613.978); Piriz, Bautista (DNI 43.056.200); Ravera, Leonardo (DNI 20.991.920); Razeto, Lina (DNI 6.202.851); Revora, Maria Jose (DNI 16.618.718); Revora, Rosana (DNI 18.068.343); Robledo, Fabian (DNI 14.524.203); Rojas, Marcelo (DNI 17.688.113); Romeo, Yesica (DNI 27.523.496); Rosas, Cecilia (DNI 28.943.240); Rossi, Amaury (DNI 26.271.340);  Salomone, Luis (DNI 4.903.970); Sanchez, Francisco (DNI 8.339.526); Sanchez, Leonardo (DNI 20.428.347); Santos, Matias (DNI 29.623.944); Serravalle, Jorge (DNI 14.441.084);  Serravalle, Juan Martin (DNI 39.211.018); Serravalle, Maria Victoria (DNI 41.204.547);  Simeone, Maria Marta (DNI 14.433.646);  Tirone, Monica (DNI 10.826.989); Tassara, Adriana (DNI 13.984.586); Tassara, Gabriel (DNI 25.023.228); Tassara, Patricio (DNI 32.686.997); Viard, Ma. Veronica (DNI 20.028.646); Zenga, Ma. Inés (DNI 20.572.732) y Zunino, Marcela (DNI 14.524.417) 

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